Culiacán, Sinaloa.- En un evidente acto de arbitrariedad el Juez de Control Carlos Alberto Herrera, desoyó y no se pronunció sobre las seis sentencias emitidas por jueces federales a favor de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) en las cuales, entre otros aspectos, se resolvió inconstitucional que la Auditoría Superior del Estado (ASE) audite los recursos propios de la institución.
Durante la audiencia inicial para formulación de imputación contra los doctores Jesús Madueña Molina, Rector Titular de la UAS separado ilegal e injustamente del cargo y Robespierre Lizárraga Otero, Encargado del Despacho de Rectoría, el Juzgador aprobó la solicitud de la Fiscalía de vincularlos a proceso por abuso de autoridad e imponerles como medida cautelar firmar mensualmente y prohibirles salir del país sin previo permiso mientras dure el proceso, vinculación que será impugnada.
“No hay sorpresas, sabíamos lo que iba a pasar, se citaron seis sentencias de jueces federales que ya abordaron el tema de los recursos propios de la Universidad y que ya dijeron que esos recursos se auditan por los órganos de la Universidad Autónoma de Sinaloa, por la Contraloría Social, por el Consejo Universitario, ya jueces federales se pronunciaron, no son meros argumentos de nosotros como defensa son determinaciones”, dijo el doctor Milton Ayala Vega abogado defensor de Madueña Medina al salir de la audiencia.
Agregó que además de lo anterior está la sentencia de la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa que estableció claramente que los recursos propios de la UAS deben ser auditados por la propia Universidad y no por la Auditoría Superior del Estado.
“Para los que estuvieron ahí y para los que no, se los cuento: al Juez le citamos textualmente las sentencias, párrafos o partes de esas sentencias, como traía la resolución ya escrita ni siquiera se pronunció sobre la validez de esas determinaciones de los órganos federales, no dijo por qué eran válidas, no dijo si estaban correctas, si eran aplicables o no, no dijo absolutamente nada”, acusó.
Enfatizó que lo más trascendente es que dentro de esas sentencias que exhibieron iba la sentencia del amparo 594/2023 en el que un Juez Federal, el Juez Tercero, dejó sin efecto ese acto de auditoría y dijo que violaba derechos fundamentales de la Universidad, entre ellos el de certeza jurídica y dejó sin efecto esa auditoría, aun así, vinculó el Juez de Control a Madueña Molina y a Lizárraga Otero.
“Si bien es cierto esa vinculación no tiene un carácter definitivo, porque va a ser impugnada a través de un juicio de amparo y tenemos la plena certeza de que se va a ganar, hay un 100 por ciento de (seguridad) de que se gane (…) y esperemos que con esa misma sentencia el Juez en esta misma Sala de audiencia tenga que reconocer el error y la arbitrariedad que hoy cometió”, puntualizó Ayala Vega.
Durante la audiencia los abogados defensores establecieron debidamente sustentado que los imputados no son servidores públicos, que los recursos propios de la UAS o autogenerados son equiparables a recursos privados y por lo tanto la ASE no tiene facultades para fiscalizar, que los recursos propios de la UAS no forman parte de la cuenta pública de Gobierno del Estado, que no está acreditado el hecho del delito de abuso de autoridad, que no se cometió hecho ilícito, indebido ni arbitrario, así mismo demostraron que la imputación carecía de sustento jurídico y que la ASE debió informar a la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado para que actuara en consecuencia y no ser ella la que presentara la denuncia.
Por su parte, los fiscales argumentaron que las sentencias de los jueces federales otorgadas por la defensa como pruebas documentales, “no tienen que ver con el fondo de la litis” y a cada sentencia respondieron: “no tiene mayor relevancia jurídica”, insistieron en que los imputados son servidores públicos y que los recursos propios de la Universidad sí son sujetos de fiscalización por la ASE, pero nunca detallaron por qué los recursos propios de la UAS son parte de los recursos públicos de Gobierno del Estado.